La reciente Ley 6/2017 ha establecido nuevas bonificaciones para los trabajadores autónomos que serán de aplicación en la cuota a pagar para altas producidas a partir del 1 de Enero de 2018.

Para la aplicación de dichas bonificación serán exigibles el cumplimiento de uno de estos dos requisitos:

  1. No haber estado dado de alta nunca en el régimen de autónomos.
  2. Habiendo estado dado de alta alguna vez, que hayan trascurrido al menos dos años desde la última baja o 3 si el alta tuvo derecho a bonificaciones.

La Ley ha establecido que las bonificaciones aplicables variarán en función de la edad y sexo del autónomo así como del tiempo que lleve dado de alta, de tal modo que la cuota a pagar para un autónomo no societario que eligiera la base mínima de cotización, quedará establecida de la siguiente manera:

PERIODO

REQUISITOS

BONIFICACION/REDUCCION

CUOTA

Primeros 12 meses

Todos los casos

Tarifa plana

50,92 €

 

Hombres menores de 30 años

Reducción del 50%+30%

56,66 €

Del mes 13 al 18

Mujeres menores de 35 años

Reducción del 50%+30%

56,66 €

 

Resto de casos

Reducción del 50%

137,97 €

 

Hombres menores de 30 años

Reducción del 30%+30%

110,56 €

Del mes 19 al 24

Mujeres menores de 35 años

Reducción del 30%+30%

110,56 €

 

Resto de casos

Reducción del 30%

192,79 €

 

Hombres menores de 30 años

bonificación del 30%

192,79 €

Del mes 24 al 36

Mujeres menores de 35 años

bonificación del 30%

192,79 €

 

Resto de casos

sin bonificación/reducción

275,02 €